Las reclamaciones de los préstamos bancarios basados en el índice IRPH sufrieron un duro revés cuando el Tribunal Supremo se pronunció a favor de los bancos sobre el IRPH el 22 de noviembre de 2017 sin embargo no todo está perdido ya que estamos a la espera a una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia Europeo (TJUE) que se reúne el próximo 25 de febrero de este año 2019.
Existe además un Informe de la Comisión Europea sobre IRPH a fecha del 19 de Septiembre 2018 que se posicionaba a favor de los clientes de IRPH exigiendo al banco los mismos requisitos que en el tema de las clausulas suelo y era que deberían haber entregado e informado antes de firmar el préstamo, sobre de la el funcionamiento del índice IRPH, su evolución a lo largo del tiempo, y una comparación con respecto a otros índices como por ejemplo el Euribor y como esto no lo hizo ningún banco va a pasar como con las clausulas suelo que serán todas nulas.
Por tanto son muchas las posibilidades para que en los próximos meses podamos tener una Sentencia favorable de Tribunal Superior de Justicia Europeo (TJUE) sobre esta cuestión y por tanto merece la pena empezar a plantear una posible demanda ya que de producirse una Sentencia favorable habrá un aluvión de reclamaciones y por tanto mucha demora en los Juzgados y Tribunales, por lo que reclamar los primeros tendrá su beneficio.
Los clientes afectados por el IRPH que quieran recuperar las cantidades pagadas de más deberán instar judicialmente la nulidad de la cláusula en la que se incluye como índice de referencia el IRPH. Además de la reintegración de las cantidades abonadas de más, conllevará la eliminación de dicha cláusula y la aplicación de un tipo pactado que lo sustituya que normalmente será el Euribor.
Los afectados por el IRPH podrán instar judicialmente la nulidad de la cláusula en la que se incluye como índice de referencia el IRPH que conllevará su eliminación y por lo tanto, la aplicación del tipo pactado que lo sustituya, así como la reintegración de las cantidades abonadas desde la constitución del préstamo hipotecario aplicando el índice de referencia establecido.
Por tanto la recomendación de este Despacho es comenzar a preparar la demanda porque una vez tengamos una sentencia favorable del Tribunal de Justicia de la Unión Europea podremos demandar con un 100% de posibilidades de éxito como en el caso de las clausulas suelo.
Como el éxito si tenemos una sentencia favorable del Tribunal de Justicia de la Unión Europea estará prácticamente garantizado por parte de este Despacho no se pedirá provisión de fondos para interponer la demanda pero además como el banco seguramente sea condenado en costas cobraremos directamente del banco recuperando usted íntegramente todo lo reclamado.
Si usted está interesado en demandar judicialmente la eliminación del IRPH, sólo tiene que llamar, enviar una consulta o un correo electrónico para estudiar la viabilidad del caso, y tal y como le hemos indicado preparar la demanda hasta que tengamos la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Si finalmente no tenemos Sentencia favorable no tendrá que pagar cantidad alguna por el estudio del caso.